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A juicio oral, el primer caso de grooming con acceso carnal en Oberá

Jun 14, 2022 #Grooming, #Oberá

Este miércoles a partir de las 8,30 hs comenzará a tratarse en juicio oral el caso de un niño-hoy de 11 años-quien fue victima de grooming (conducta de acercamiento virtual) seguido de acceso carnal cuando tenía 9 años.

«El debate es oral pero no es público, pues es reservado, atento que se juzga un delito de abuso sexual donde la víctima es un menor, se trata de grooming con acceso carnal, que tiene doble pena, por un lado el grooming (4 a 6 años)y por el otro el delito de acceso carnal (6 a 15 años)», explicó el dr Francisco aguirre, Presidente del Tribunal Penal n 1 de esta ciudad.

Agregó que «es delicada la situación, pues el acusado formaba parte de la policía de la provincia. El vínculo ocurrió el 20 de marzo del 2020, a partir de ahí comenzaron una comunicación vía virtual del acusado con el menor dónde participaron de un juego en la Play con interacción y el que perdía el juego tenía que pagar algo asi como una prenda, luego de una serie de intercambios, el adulto cita al menor donde se produce el abuso».
Dijo que «fue la madre la que intervino cuándo se dio cuenta que a su hijo le pasaba algo, el menor le cuenta lo sucedido y la madre hace la denuncia, interviene la comisaría de la mujer y una vez que se establecen las comunicaciones de su hijo con el abusador, personal policial lo detienen y desde alli está alojado en la Penitenciaría de Cerro Azul, un pabellón especial para este tipo de delitos. Se trata de manipulación del adulto al menor con aspectos y parámetros que serán ventilados en este juicio oral mañana, donde se verá el concurso de hechos «, sostuvo Aguirre.

Hay concurso de delitos de hechos y se analiza cada situación y se gradúa dentro del contexto previsto por el artículo 119 y 131 del código penal, se presentarán dos testigos y se prevee culmine antes del mediodía.

Según la ONG Grooming Argentina, «el Grooming es el acoso sexual a niños, niñas y adolescentes a través de medios digitales, consistente en acciones desplegadas generalmente por personas adultas, de cara a establecer contacto con fines sexuales.
El término de “grooming” tal como se lo conoce en el habla hispana o “child grooming” en el habla inglesa, es un anglicismo que se traduce en conductas de acercamiento o acicalamiento, configurándose como delito en distintos países de América Latina.

Representa una serie de conductas deliberadamente emprendidas por una persona con el objetivo de contactar a un niño, niña y/o adolescente y así ganarse su confianza, estableciendo un vínculo emocional a fin de disminuir sus inhibiciones para luego generar un encuentro personal en el mundo físico, o bien, como en la mayoría de los casos, obtener el material de contenido sexual por parte de la víctima para su comercialización, distribución y/o para satisfacer su perversidad sexual.

Este proceso es ejecutado por el acosador y consta de distintas etapas bien diferenciadas, las cuales podrán ser reemplazadas y/o alternadas entre sí:

1) Etapa de enganche o entrapment (atrapamiento): Con el objetivo de ganarse la confianza y establecer un vínculo de amistad, en esta etapa el acosador se acerca al niño, niña o adolescente generalmente falseando su identidad y/o su edad, a través de una conversación donde prevalece el intercambio de gustos, preferencias e intereses.

2) Etapa de fidelización: En esta etapa el acosador a sabiendas de los gustos e intereses del niño, niña o adolescente profundiza la relación obteniendo una mayor cantidad de datos personales, donde intentará mantener cautiva la atención procurando fidelizar el vínculo a través del intercambio de secretos, confidencias, promesas, etc.

3) Etapa de seducción: En esta etapa el acosador seducirá y sexualizará la conversación, generalmente mediante preguntas y/o relatos, para generar en el niño, niña o adolescente un compromiso y/o dependencia emocional.

4) Etapa de acoso sexual: Esta etapa se caracteriza por una marcada agresión sexual, implícita o explícita, en la cual el acosador manipula a la víctima a través de la solicitud de imágenes y/o videos íntimos, o bien, la propuesta de un encuentro personal. En aquellos casos en los cuales el niño, niña o adolescente no acceda a sus requerimientos, el acosador ejercerá distintas formas de violencia, tales como: chantaje, extorsión, amenazas o coacciones.

Como conclusión, este proceso puede transcurrir durante días, semanas, meses y/o años, transformándose en una nueva modalidad del abuso sexual sin contacto físico contra niños, niñas y adolescentes. Fuente: (groomingarg.org)