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Prohibida venta y uso de pirotecnia sonora

Dic 15, 2020 #pirotecnia

El ejecutivo obereño recordó la vigencia de la ordenanza que establece la prohibición de comercialización, tenencia y uso de pirotecnia sonora.

«Se recuerda que mediante la Ordenanza municipal N° 2830/2019 está prohibida la comercialización, tenencia y uso de pirotecnia sonora. Como así también la venta ambulante o en la vía pública, de cualquier artículo de pirotecnia. Únicamente está permitida la venta de pirotecnia con efecto lumínico y/o fumígeno para mayores de 16 años. En este sentido, la ordenanza vigente establece que se puede comprar: 1.- BENGALA. 2.- ESTRELLITA.3.- BENGALITA SIN HUMO. 4.- VOLCÁN únicamente con efecto lumínico y/o fumígeno. 5.- FUENTE únicamente con efecto lumínico y/o fumígeno. 6.- GIRATORIO. 7.- OTROS GENÉRICOS únicamente con efecto lumínico y/o fumígeno» señaló el comunicado oficial.

«Los que están completamente prohibidos: 1.-PETARDO. 2.-FUENTE de efecto audible o sonoro. 3.-FOGUETA. 4.-MORTERO. 5.-MORTERO CON BOMBA. 6.- CAÑA VOLADORA. 7.- FOSFORO. 8.- BATERIA. 9.- ESTALLO. 10.- VOLCAN de efecto audible o sonoro. 11.- TORTA. 12.-FOGUETA. 13.- CANDELA. 14.- BOMBA» expresaron.