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El ejecutivo municipal pidió se reglamente el boleto gratuito para jubilados en Oberá

Ago 22, 2022

Desde hace 9 años y de acuerdo a lo establecido por carta orgánica municipal en su artículo 19, las personas adultas mayores en edad jubilatoria, gozan de gratuidad en el uso del servicio público de transporte colectivo urbano de pasajeros, sin ningún tipo de restricción. Sin embargo, esta disposición nunca fue reglamentada. Este lunes, el ejecutivo municipal a cargo de Pablo Hassan, envió un proyecto al Concejo Deliberante solicitando dar curso a este beneficio, o sea, reglamentar la normativa y ponerla en práctica.

Determinando como beneficiarios «de conformidad a lo dispuesto por la Ley Nacional 24.241 de Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, y por la Ley XIX N° 2 de la Provincia de Misiones, artículo 36° inciso 1), que se entiende por personas adultas mayores en edad jubilatoria a las mujeres a partir de los sesenta (60) años cumplidos y a los varones a partir de los sesenta y cinco (65) años cumplidos, con salvedad a aquellos trabajadores con un régimen especial aplicable que disminuya las edades referidas previamente».

Para llevar adelante esto, el Concejo facultaría al ejecutivo una partida presupuestaria que se utilice para solventar esta gratuidad a jubilados en el pasaje urbano. El beneficio será personal e intransferible, la tarjeta de cada usuario deberá ser de un color distintos a las demas y se establecerán multas y sanciones para quienes no cumplan con lo establecido, tanto empresa como beneficiarios.

Asimismo, » las personas adultas mayores beneficiarias deberán acreditar la edad jubilatoria y el domicilio en la ciudad de Oberá a los que refieren los artículos 1° y 2° de ésta Ordenanza, con presentación del Documento Nacional de Identidad y una boleta de servicios respectivamente, ante el Área de Movilidad Urbana de la Municipalidad de Oberá, o la que la reemplace a futuro».

A su vez mencionan en el proyecto que «los beneficiarios de la gratuidad que trata la presente Ordenanza, tendrán la obligación de acreditar su supervivencia cada doce (12) meses, contados desde la expedición del carnet correspondiente. Podrán hacerlo presentándose personalmente ante el Área de Movilidad Urbana de la Municipalidad de Oberá, o la que la reemplace a futuro, o mediante Certificado de Supervivencia expedido por la Policía de la Provincia de Misiones».