• 19/04/2024 15:50

Pelinski: “El Defensor del Pueblo debe ser una persona con integridad”

En las próximas elecciones, los obereños elegirán por primera vez Defensor del Pueblo, una figura creada por los Convencionales Constituyentes que redactaron la Carta Orgánica Municipal aprobada en el año 2013. Se deberá elegir un Defensor del Pueblo titular y un adjunto, cuyos mandatos durarán 4 años. Podrán ser reelegidos para un nuevo período consecutivo. Mientras duren sus funciones no podrán postularse como candidatos a ningún cargo electivo municipal. Para ser candidatos deberán tener 25 años de edad, además de los requisitos que para ser concejales. Quien sea electo como adjunto solo ejercerá la función cuando el titular se ausente por un período mayor a los 15 días y solamente percibirá sus remuneraciones por el período que actúe como subrogante.

 

Sobre la concepción de esta figura que se incluyó en la redacción de la Carta Magna obereña, Javier Pelinski, quien fuera vicepresidente de la Convención Constituyente, dialogó con El aire de la Mañana. Pelinski consideró al respecto, “El espíritu de lo que pensamos está establecido ahí, no solamente con la creación de la defensoría del pueblo como un instituto de del municipio, sino también la competencia del Defensor del Pueblo. La competencia específica es proteger los derechos de los ciudadanos de Oberá en lo que pueda llamarse la violación de derechos por parte del poder público o privados que realizan servicios públicos, como ser las empresas. El abuso o violación de los derechos puede ser por un hecho o por una omisión y en función de esto el Defensor del Pueblo tiene las facultades para actuar en consecuencia. Cuando redactamos ese artículo hubo un debate importante, pero hubo unanimidad respecto al texto de la redacción. Que el Defensor del pueblo esté al servicio de la gente, que esa sea su vocación y no se utilice como trampolín político para algún cargo. Entonces mientras ocupe esa función no debe actuar en función a alguna candidatura posterior, esto más allá de su idoneidad que deba tener en cuanto a los conocimientos para ejercer el cargo”.

El ex Convencional destacó sobre los requisitos para poder ser Defensor del Pueblo que no necesariamente debe tener un título para ejercer la función, sino que debe tener idoneidad y los requisitos mínimos que se establecen para ser concejal, como la edad o años de residencia en Oberá. “Hay personas muy idóneas en cuanto a conocimientos de los derechos de los ciudadanos y también en cuanto a su experiencia” reflexionó.

Consultado sobre la conveniencia o no de tener un Defensor del Pueblo del mismo color político de quien de desempeñe en la intendencia Javier Pelinski manifestó, “como ejerza su voluntad el ciudadano corre por parte de él en cuanto a su conciencia de lo que opine sobre una gestión. Lo que establece la norma es que tiene independencia funcional, administrativa, patrimonial y económica. Actúa de manera totalmente independiente, ya sea del ejecutivo o del legislativo, más allá obviamente de las cuestiones legales que debe cumplir como estar sujeto al tribunal de cuentas, en la medida de que existe la auditoría municipal, a los informes que pueda solicitar el Concejo Deliberante. Más allá de eso es independiente respecto de sus acciones. Obviamente si tiene que defender al vecino contra un abuso del Estado municipal, está claro que tiene que ser una persona que tenga integridad en ese sentido”.

Pelinski se refirió al presupuesto que deberá contemplarse para el funcionamiento de esta nueva figura y al respecto dijo “En la medida de que el Ejecutivo haya hecho la convocatoria para elegir Defensor del Pueblo, adjunto debería haber previsto un proyecto de presupuesto en ese sentido. Esto tiene que ser tratado y aprobado por el Concejo Deliberante, si no lo hizo en el tratamiento del presupuesto deberán incluirlo, ya que hay una convocatoria a elección respecto a este instituto del municipio”.