En la 24° Sesión Ordinaria, el Concejo Deliberante obereño aprobó una Ordenanza que incorpora la figura del Intérprete de lengua de señas en las audiencias públicas y sesiones del legislativo local.
Los Concejales entendieron que es importante realizar esta incorporación, no solamente en las audiencias públicas, sino también en las sesiones ordinarias del Deliberativo Municipal. En nuestro país mediante la ley N°26378/ 2008 se ratifica la convención internacional de los derechos de las personas con discapacidad, donde acepta y reconoce la utilización de la Lengua de Señas. La Ley Nacional N°27710 establece que esta lengua forma parte de la identidad lingüística y de la herencia cultural de las personas sordas en la Argentina, a la vez que garantiza su participación e inclusión plena en la sociedad.
La Concejal Carina Sánchez destacó el hecho de que, si bien el proyecto en principio era contar con intérpretes de lengua de señas durante las Audiencias Públicas, entendiendo la importancia de esta iniciativa los ediles abrieron la partida para que lo puedan hacer también en las sesiones. “Es un gesto enorme, la verdad, para que podamos seguir hablando realmente de una comunidad inclusiva y qué mejor que empezar a dar el ejemplo desde casa. Invitamos a toda la comunidad a que puedan participar, no solo viéndolo por streaming, sino que puedan venir y participar también en las sesiones, lo que sería un gran paso para hablar realmente de la inclusión”, señaló la Concejal Sánchez.
La Carta Orgánica de Oberá, en su Capítulo Cuarto, Artículo 25 establece “La Municipalidad garantiza a las personas con discapacidad, la igualdad de oportunidades y de trato, el pleno goce de sus derechos, atendiendo a sus necesidades específicas. Gozan de atención preferencial en todo trámite o gestión que realicen en dependencias municipales.”. Por lo tanto los Concejales consideraron de suma importancia incorporar tanto al reglamento interno de funcionamiento del Cuerpo Deliberativo, como en la regulación de las Audiencias Públicas, considerando que la accesibilidad es un derecho en sí mismo y a su vez, una herramienta para el ejercicio de derechos, eliminando las barreras del entorno, permitiendo que puedan acceder a la información que es de interés general y que las personas sordas e hipoacúsicas no pueden entender si no es mediante la interpretación de una persona que se encargue de pasar la lengua del español al lenguaje de señas reconocido en la Argentina.